Materias o sectores: Salud

Subsector: N/A

Ámbito de aplicación: Municipal

Autoridades que la emiten: Pleno del Ayuntamiento

Autoridad que aplica: Municipal

Sujeto regulado: Organismo Publico Descentralizado de Servicios de Salud

Tipo de ordenamiento juridico: Reglamento

Regulaciones relacionadas: N/A

Índice de la regulación:
REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE SERVICIOS DE SALUD DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETO Y FINES DEL ORGANISMO

DE LOS OBJETIVOS DEL ORGANISMO

TÍTULO II
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL ORGANISMO

CAPÍTULO I
DE LA JUNTA DE GOBIERNO

CAPÍTULO II
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL ORGANISMO

TÍTULO III
DE LOS ORGANISMOS TÉCNICOS CONSULTIVOS


TÍTULO IV
DEL ORGANISMO SOCIAL DE APOYO
PATRONATO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN

TÍTULO V
DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL ORGANISMO


TÍTULO VI
DEL PATRIMONIO DEL ORGANISMO

TÍTULO VII
DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL ORGANISMO


TÍTULO VIII
DE LA EXTINCIÓN O LIQUIDACIÓN DEL ORGANISMO


TRANSITORIOS



Objeto de la regulación:
I. Conformar el Sistema Municipal de Salud y coadyuvar a la consolidación y funcionamiento de los Sistemas Nacional y Estatal de Salud;
II. Prestar y salvaguardar el derecho humano a la salud de la población abierta del Municipio de Zapopan, Jalisco, en su nivel más alto posible, conforme a la capacidad y disponibilidad presupuestal del mismo;
III. Organizar, administrar y operar servicios de salud a la población abierta en el Municipio de Zapopan, Jalisco, de conformidad con este Reglamento;
IV. Intervenir en la formulación del Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza del Municipio de Zapopan y en la definición de la política social del Municipio, en materia de salud;
V. Definir programas y acciones en materia de salud pública en el Hospital General y en las Unidades de Atención Médica de Urgencias que integran el Organismo, cuidando no se contrapongan a las disposiciones del presente ordenamiento, ni a los acuerdos de coordinación o descentralización que se suscriban;
VI. Participar en la prevención de enfermedades mediante campañas de vacunación permanente, en coordinación con las dependencias Estatales y Federales en materia de salud;
VII. Incrementar la capacidad y mejorar la calidad de la atención médica y demás servicios de salud que otorgue el Organismo, coadyuvando con las instancias gubernamentales de la materia, garantizando el acceso a los servicios de salud a toda la población;
VIII. Garantizar la prestación de los servicios médicos que proporciona sin discriminación alguna, en forma eficiente, con calidad humanista, científica y ética;
IX. Denunciar ante la autoridad competente la presunta comisión de un delito cuando de la prestación de servicios médicos o paramédicos se tenga la sospecha de que los mismos derivan de la comisión de un ilícito;
X. Monitorear el cumplimiento, garantía y respeto de los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, y en cuanto a los casos de embarazos de las niñas y adolescentes, realizar por conducto del personal médico la denuncia correspondiente;
XI. Suscribir convenios de apoyo e intercambio con instituciones de salud o educativas con el objeto de realizar cursos de enseñanza, investigación o especialización del personal del Organismo o para quienes aspiren a ingresar a él;
XII. Fortalecer la participación de la comunidad en los servicios de salud;
XIII. Administrar los recursos humanos adscritos al Organismo, así como los elementos patrimoniales y financieros con eficiencia y apego a la normatividad aplicable;
XIV. Establecer las acciones y mecanismos para propiciar el desarrollo profesional y humano de los servidores públicos que laboran en el Organismo;
XV. Prestar servicios médicos asistenciales a los servidores públicos del Municipio, en los términos y condiciones que se establezcan por los acuerdos y convenios específicos que celebre la administración municipal;
XVI. Fungir como Organismo con capacidad normativa, de consultoría e investigación para la salud;
XVII. Prestar los servicios y realizar las actividades que resulten necesarias para cumplir con los objetivos del presente ordenamiento, leyes, normas, políticas, programas y campañas en materia de salud; y
XVIII. Las demás que establezcan las normas constitucionales, legales y reglamentarias.


Normatividad aplicable:

AIR: N/A

  • 26/04/2024
    Aprobación

  • 09/05/2024
    Publicación

  • 10/05/2024
    Vigencia

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Dirección de Mejora Regulatoria

Direccion: Edificio «CISZ». Centro Integral de Servicios Zapopan. Primer Piso. Av. Prolongación Laureles No. 300 esq. Boulevard Panamericano. Colonia El Tepeyac, Zapopan, Jalisco. México. CP. 45150
Horario: Lunes a Viernes 8:00 am a 4:00 pm.
Telefono: (33) 38182200 ext.2480
Correo electronico: retys@zapopan.gob.mx
Protesta ciudadana

Autoridad Responsable de atender denuncias:
Contraloría Ciudadana

Direccion: segundo piso del Centro Integral de Servicios de Zapopan (CISZ). Avenida Laureles número 300, Colonia El Tepeyac, Zapopan, Jalisco
Horario: Lunes a Viernes 8:00 am a 4:00 pm.
Telefono: (33) 38182200 ext.1005 y 1000.
Correo electronico: contraloria@zapopan.gob.mx
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Modificaciones de la regulación

El Reglamento del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco. cuenta con 0 modificaciones disponibles para su consulta.

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09 de mayo del 2024

Publicación de la regulación.

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