
Recepción de animales en condición de extravío, abandono, calle, etc.
Datos generales
07/04/2025
27/11/2022
Servicio
- Persona sin actividad empresarial
- Persona física
- Persona moral
- Interesado
En el caso de levantar un reporte de animales que se observen en la calle en condición de extravío, abandono, lesionados, enfermos, etc., sin dueño aparente.
Se deberá contar con un reporte previo, de por lo menos 48 horas de ser levantado.
Servicios económicos, sociales y de salud
Que se cuente con un reporte previo y que el animal no cuente con dueño aparente.
Bitácora individual de animales
Costos
Gratuito
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
Plazos
Atención del servicio
No aplica
No aplica
no aplica
No aplica
No aplica
no aplica
Formas de presentarlo
- Entrega del animal en las instalaciones del CISAZ
- Levantar reporte a través de whatsapp (GuaZap) al teléfono 3338182222
Requisitos
- Presentación:
Original, cantidad: 1 - Descripción:
Información referente al servicio y al número de reporte
¿Dónde puedo presentarlo?
- Domicilio:
JARDINES DE LAS PALMAS 1650 Jardines del Vergel - Descripción:
A un costado del templo de las maravillas. Pueden ingresar sobre periférico norte a la altura de la colonia Tabachines o por el CUCEA. - Dias de atención, recepción y entrega:
Lunes, Martes, Miercoles, Jueves, Viernes - Horario de atención, recepción y entrega:
De las 08:00 hasta las 14:00 hrs
- Domicilio:
JARDINES DE LAS PALMAS 1650 Jardines del Vergel - Descripción:
A un costado del templo de las maravillas. Pueden ingresar sobre periférico norte a la altura de la colonia Tabachines o por el CUCEA. - Dias de atención, recepción y entrega:
Lunes, Martes, Miercoles, Jueves, Viernes - Horario de atención, recepción y entrega:
De las 08:00 hasta las 17:30 hrs
- Domicilio:
JARDINES DE LAS PALMAS 1650 Jardines del Vergel - Descripción:
A un costado del templo de las maravillas. Pueden ingresar sobre periférico norte a la altura de la colonia Tabachines o por el CUCEA. - Dias de atención, recepción y entrega:
Sabado - Horario de atención, recepción y entrega:
De las 09:00 hasta las 15:30 hrs
Autoridad responsable de atender el trámite
- Teléfono:
3343054472 - Correo electrónico:
eduardo.fidel@zapopan.gob.mx - Área de la autoridad:
Unidad de Salud Animal
Presentación de Quejas y Denuncias
Autoridad Responsable de atender quejas generadas durante el trámite:
Dirección de Mejora Regulatoria
Protesta Ciudadana
Autoridad Responsable de atender denuncias:
Contraloría Ciudadana
Pégale a la corrupción
Fundamentos
Fundamentos del trámite:
- Reglamento de la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco., Artículo: 50, Fracción: V
- Reglamento de la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco., Artículo: 51, Fracción: LXXVIII, XC
- Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco, Artículo: 8, Fracción: V, X
- Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco, Artículo: 12
- Reglamento de Sanidad, Protección y Trato Digno para los Animales en el Municipio de Zapopan, Jalisco, Artículo: 106, Fracción: II, XV.
- Código Civil del Estado de Jalisco, Artículo: 822. 823, 824, 825
- Código Civil del Estado de Jalisco, Artículo: 877, Fracción: I
Fundamentos del monto o aprovechamientos:
- No aplica
Fundamentos de plazo de vigencia:
- No aplica
Fundamentos de plazo máximo:
- No aplica
Fundamentos de plazo de prevención:
- No aplica
Fundamentos de los criterios de resolución:
Fundamentos de los requisitos y formato:
- No aplica
Fundamentos de la documentación para visita:
- Reglamento de la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco., Artículo: 50, Fracción: V
- Reglamento de la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco., Artículo: 51, Fracción: LXXVIII, XC
- Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco, Artículo: 8, Fracción: V, X
- Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco, Artículo: 12
- Reglamento de Sanidad, Protección y Trato Digno para los Animales en el Municipio de Zapopan, Jalisco, Artículo: 106, Fracción: II, XV.
- Código Civil del Estado de Jalisco, Artículo: 822. 823, 824, 825
- Código Civil del Estado de Jalisco, Artículo: 877, Fracción: I